miércoles, 19 de noviembre de 2008


Audiencia Pública Descentralizada sobre Ley Forestal y Alternativas

Iquitos, 28 de Octubre del 2008


Conclusiones Generales

1. La mayoría de presentes coinciden en que el Decreto Legislativo N° 1090 Ley Forestal y de Fauna Silvestre debe ser inmediatamente derogado porque es inconstitucional e ilegítimo, ha vulnerado el derecho de la consulta previa a las comunidades y no se cumplió con el debido proceso participativo, debilita la autoridad forestal nacional, es permisiva a la comercialización de maderas de origen controversial (institucionaliza la ilegalidad), se retrocede respecto al proceso de descentralización en la gestión y control forestal y no se avanza sobre los compromisos asumidos por el Gobierno Peruano frente a la implementación del TLC. Consecuentemente, no debe ser reglamentada.

2. La coincidencia radica en que se trata de una norma inconsulta que no sólo ha excedido las facultades legislativas concedidas al Poder Ejecutivo, sino que además implica un retroceso en el proceso de ordenamiento jurídico forestal que ha venido dándose a partir de la Ley N° 27308.

3. Al respecto han habido una serie de pronunciamientos de las diferentes instituciones de la sociedad civil, del Congreso de la República y la Defensoría del Pueblo, entre otras.

4. El Gobierno Regional de Loreto alcanzará al Congreso de la República una propuesta legislativa para el uso de la motosierra o sierra de cadena para la extracción forestal maderable, recogiendo las iniciativas locales, como la presentada por el Grupo Regional Manejo de Bosques de Loreto, para su discusión y debate en dicho espacio por ser el Poder Legislativo quien legítimamente está facultado de acuerdo a la Constitución Política del Perú, a legislar.

5. La mayoría de los presentes reconocen que el Proyecto de Ley N° 2691 es una iniciativa que recoge enfoques interesantes como promover el manejo forestal sostenible considerando la diversidad de actores y de modalidades de acceso, buscando compatibilizar la competitividad, la lucha contra la pobreza y el manejo sostenible de los recursos naturales.

6. Es una oportunidad para generar una nueva propuesta de Ley Forestal y de Fauna Silvestre que responda a un proceso de consulta participativa e inclusiva. Esta audiencia pública no solo debe replicarse de manera descentralizada, sino que también se debe propiciar ante el Consejo Interregional Amazónico (CIAM) una posición contundente de los presidentes regionales amazónicos en torno al Decreto Legislativo Nº 1090.

7. Las varias observaciones a este Decreto Legislativo N° 1090 y el contexto internacional actual exige extremo rigor en el control del comercio de las especies forestales, tanto nacional como internacional, y nos compromete como amazónicos, no solo a participar de este tipo de audiencias públicas sino además de proponer iniciativas legislativas que promuevan una adecuada gestión forestal para la región amazónica.

8. Es urgente que el Gobierno Nacional concluya con el proceso de transferencia de las competencias forestales a los gobiernos regionales y permita así la construcción de una legislación forestal y de fauna silvestre complementaria acorde a la realidad de sus regiones en el marco del respeto a la legislación vigente.


Roger Najar Kokally
Presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Amiente y Ecología

Yván Vásquez Valera
Presidente de la Región Loreto

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